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Se prohíbe el “puerta a puerta” de las Comercializadoras

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El Gobierno prohíbe a las comercializadoras eléctricas y también de Gas Natural realizar acciones de publicidad o contratación de sus productos a través de visitas al domicilio.

Lumisa no forma parte de dichas comercializadoras que realizan estas técnicas de contratación. Somos una empresa transparente que informa de los pecios si usted lo desea sin necesidad de realizar técnicas de contratación “puerta a puerta”.

El 6 de octubre de 2018 se publicó el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores que regula las prácticas fraudulentas en la actividad de comercialización prohibiendo una práctica empresarial que ha generado un número elevado de reclamaciones ante organismos de consumo y ante la Comisión Nacional de los Mercados y a la Competencia.

¿Qué es el "puerta a puerta"?

El "puerta a puerta" es un tipo de contratación y publicidad considerada como fraudulenta, salvo que la visita sea concertada anteriormente. En muchos casos, los comerciales de dichas Comercializadoras eléctricas realizan una contratación sin el consentimiento expreso del usuario, el cual es engañado. Por ello, si las comercializadoras deciden realizar dichas técnicas de contratación se enfrentarán a una posible inhabilitación para actuar como comercializadora durante el plazo máximo de un año así como el traspaso de sus clientes a una comercializadora de referencia o pudiendo ser multados con hasta 60 millones de euros.

En 2017, los consumidores presentaron ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) 1,13 millones de reclamaciones contra las eléctricas, de las cuales un 12% se referían a contratación y ventas. Por ello, la CNMC ya ha sancionado esta mala praxis.

Éste plan, es uno de los que intenta paliar y rebajar la subida de precio en 2019.

#Luz #Sector